C E N T R O . C U L T U R A L . D E . D E R E C H O S . H U M A N O S . Y . A M B I E N T E

Incremento de Remuneraciones de Trabajadores Municipales

| martes, 4 de marzo de 2008
Trata de la Posibilidad de incremento de remuneraciones de trabajadores de Municipalidades, teniendo en cuenta la ley del Presupuesto para el año fiscal 2007.

POSIBILIDAD DE INCREMENTO DE REMUNERACIONES DE TRABAJADORES MUNICIPALES


Neil Suller Equenda.
Asesoria Juridica
nelcko@hotmail.com

INTRODUCCION.

En la actualidad, el monto alcanzado por la canasta familiar, excede en absoluto las remuneraciones ganadas por los trabajadores de las entidades publicas y mas concretamente el de los trabajadores municipalidades, considerados los sueldos mas bajos entre todos los sectores del aparato estatal.

Además de ello existe la prohibición por parte del gobierno central sobre cualquier incremento o reajuste de remuneraciones, bonificaciones y cualquier tipo de pago a los trabajadores estatales, estando de estas formas postergadas y por ende el atentado contra derechos que en la mayoría de casos dependen de los ingresos salariales, tales como la alimentación, educación, salud y otros.

Sin embargo es necesario la utilización del derecho a fin de buscar soluciones a este tipo de problemas y por tanto la investigación sobre esta confrontación sobre la prohibición de incremento de remuneraciones, con los preceptos constitucionales sobre remuneración justa y suficiente, y por ultimo describir la posibilidad viable jurídicamente de aumentos de remuneraciones.

BASE LEGAL.

A efectos de tener presente se debe tener presente los siguientes dispositivos legales:

1. Constitución Política del Estado de 1993.
2. Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783.
3. Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972.
4. Ley Marco del Empleo Público, Ley N°28175.
5. Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N°28411. (publicado 08.12.04)
6. Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005, Ley N°28427.
7. Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Ley N°28652. 22.12.05.
8. Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2007. Ley Nº 28927.
9. Ley que desarrolla el artículo 39 de la Constitución Política en lo que se refiere a la Jerarquía y Remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, Ley N°28212.
10. D.U. Nº 002-2005, que Deja en Suspenso la Sexta Disposición Transitoria de la ley 28411.
11. D. S. N°046-2006-PCM, publicado en fecha 31 de julio del año 2006.
12. D.U. N°019-2006, publicado en fecha 01 de agosto del año 2006.
13. D.S N°070-85-PCM, por el que se aprueba el mecanismo de Negociación Colectiva de Trabajo entre los Funcionarios y Servidores con los Gobiernos Locales.
14. D.S. N°003-82-PCM de fecha 2 de enero de 1982.
15. D.S. N°026-82-JUS de fecha 13 de abril de 1982.

CONSIDERACIONES NORMATIVAS.

1. MARCO CONSTITUCIONAL

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo la dimensión de dicha autonomía política conferida por mandato constitucional faculta a las Municipalidades a adoptar y concordar, las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones en las que son inherentes; mientras que la dimensión de la autonomía administrativa permite que las municipalidades organicen internamente y determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; tal como determina el artículo 9º de la ley de Bases de la Descentralización.

La norma constitucional hace referencia a que el y trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente para él y su familia, el bienestar material y espiritual.

Refiere ello de que la remuneración del trabajador no solo debe satisfacer sus necesidades materiales, sino también las de su familia, y no solo debe implicar la satisfacción de dichas necesidades, sino también debe hacerlas con las espirituales, que al fin al cabo son tan importantes como las primeras para el desarrollo integral de la persona.

2. DE LA AUTONOMIA EN LA GESTION MUNICIPAL.

La Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, en su artículo II del Título indica que:

“Los Gobiernos locales gozan de autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”.

Debe tenerse presente que la autonomía de la gestión Municipal en el margen administrativo, incluye decididamente el aspecto de personal, es decir la administración de los trabajadores y del ámbito laboral, sea cual sea el régimen laboral aplicable al caso concreto.

3. NORMATIVIDAD PRESUPUESTAL.

El conjunto normativo relacionado con el régimen laboral aplicable a la administración publica, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411 ha incorporado en su primera disposición transitoria, determinadas disposiciones de carácter transitorio y de cumplimiento obligatorio, hasta que se implementen normas que regulen el sistema de remuneraciones del Empleo.

Entre otras disposiciones transitorias contenidas en la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, el numeral 2) de la Cuarta Disposición Transitoria de dicha Ley, reitera la regla general establecida en normas precedentes en cuanto a que la aprobación y reajuste de remuneraciones, bonificaciones, aguinaldos y refrigerio y movilidad a los trabajadores de los Gobiernos Locales se atienden con cargo a los ingresos corrientes de cada Municipalidad. Su fijación se efectúa de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 070-85-PCM (Que es aquel que regula los procesos de Negociación Colectiva en los Gobiernos Locales) y de conformidad con dicha disposición. Corresponde al Consejo Provincial o Distrital, según sea el caso y bajo responsabilidad, garantizar que la aprobación y reajuste de los precipitados conceptos cuenten con el correspondiente financiamiento debidamente previsto y disponible, bajo sanción de nulidad de pleno derecho de los actos administrativos que lo formalicen. No son de aplicación a los Gobiernos Locales los aumentos de remuneraciones, bonificaciones o beneficios de cualquier otro tipo que otorgue al Poder Ejecutivo a los Servidores del Sector Publico, siendo nulo cualquier pacto en contrario.

Asimismo el numeral 1) de la Quinta Disposición Transitoria de la ley Nº 28411, establece que las Entidades del Sector Publico, independientemente del régimen Laboral que las regule, otorgan a sus funcionarios, servidores y/o pensionistas, únicamente, hasta doce remuneraciones y/o pensiones anuales, una bonificación por escolaridad, un aguinaldo o gratificación por fiestas patrias y un aguinaldo o gratificación por navidad, según corresponda.

La Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2007, refiere en su artículo 4º “Austeridad” que las Entidades Publicas, incluyendo el Seguro Social de Salud – ESSALUD y la Empresa de Petróleos del Perú S.A. PETROPERU, quedan prohibidos el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, el monto total de incentivos y beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo y fuente de financiamiento. Asimismo queda prohibida la aprobación de nuevas bonificaciones, asignaciones, retribuciones y beneficios de toda índole.

4. NEGOCIACION BILATERAL.

En materia de Negociación Colectiva (Negociación Bilateral para municipios de acuerdo al Decreto Supremo Nº 070-85-PCM), cabe resaltar que éste constituye un derecho Constitucional contenida en el artículo 28º de Nuestra carta Fundamental y en los Decretos Supremos Nº 003-82-PCM; 026-82JUS; 070-85-PCM, y las Convenciones 87 Y 98 DE LA Organización Internacional del Trabajo.

ANALISIS

AUSTERIDAD.

Estando a lo expuesto en las consideraciones normativas, la austeridad implica la actitud prudente y equilibrada de los gobernantes en el acatamiento irrestricto de la leyes, en el manejo con absoluta pulcritud de los dineros públicos, que no solo deberán administrarse con honradez y sin ningún genero de despilfarro, sino también con eficaz aplicación al bienestar y progreso de la sociedad a la que se sirve.

En esta idea, la austeridad debe en tenderse como la actitud de eficiente administración de los recursos, entendiéndose, su aplicación de acuerdo a lo preceptuado por el marco de la normatividad constitucional, es decir en ningún caso la austeridad deberá limitar los derechos en cuanto a remuneraciones contemplados por la Carta Magna, mas deberán ser interpretadas en beneficio del trabajador y su calidad de vida.

LIMITACIONES A LA NEGOCIACION COLECTIVA

Conforme El Caso Nº 1548, referido en el Informe num. 277, la Comisión de Expertos en aplicación de convenios y recomendaciones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo OIT establece:

· Que, no cabe la imposición por el estado de restricciones a convenios colectivos ya celebrados, los que debe ajustarse en sus propios términos, salvo acuerdo de partes en sentido diferente.
· Que, respecto a las futuras negociaciones colectivas, medidas de ésta naturaleza no deben resultar de una disposición del estado, sino de concertación de las partes y aquel; y,
· Que, las medidas restrictivas deben ser excepcionales, limitadas a lo necesario, no exceder de un periodo razonable e ir acompañada de garantías adecuadas para proteger el nivel de vida de los trabajadores.

COSTO DE VIDA.

El costo de vida es un concepto teórico que representa el valor o costo de los bienes y servicios que los hogares consumen para obtener determinado nivel de satisfacción.

Conforme a la Publicación de resultados del programa de Comparación Internacional (PCI) para América del Sur, El PCI es un proyecto estadístico coordinado por el Banco Mundial, diseñado para comparar las paridades del poder adquisitivo de las monedas nacionales pomo así también el valor del Producto Bruto Interno per capita entre los países, dando como resultado que el Perú es el país con menor poder adquisitivo de bienes y servicios en la Región.

Por ello, el ítems COSTO DE VIDA, es influyente al aumento de remuneraciones, por cuanto ayuda a esclarecer la satisfacción de necesidades preceptuado por la norma constitucional vigente.

LAS NORMAS PRESUPUESTARIAS CON INCIDENCIA EN LA RELACIÓN LABORAL.

Conforme a lo expuesto, y referido de las normas presupuestarias, la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto estable los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto, refiriendo en su cuarta Disposición Transitoria de la Ley General del Presupuesto, establece que "La aprobación y reajuste de remuneraciones, bonificaciones y aguinaldos y refrigerio y movilidad de los trabajadores de los Gobiernos Locales, se atienden con cargo a los ingresos corrientes de cada Municipalidad. Su fijación se efectúa de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N°070-85-PCM, publicado en fecha 31 de julio de 1985 y de conformidad a lo previsto en el presente artículo. Corresponde al Consejo Provincial o Distrital, según sea el caso y bajo responsabilidad, garantizar que la aprobación y reajuste de los precitados conceptos cuente con el correspondiente Financiamiento debidamente previsto y disponible, bajo sanción de nulidad de pleno derecho de los actos administrativos que los formalicen.".

De ello se puede inferir que si es procedente jurídicamente un posible aumento de las remuneraciones, no excluyendo a las Municipalidades para el tratamiento de las remuneraciones de los trabajadores del régimen público, y su eventual reajuste.

La Ley 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2007, refiere en su articulo 4º el precepto de Austeridad, señalando que, En las Entidades Publicas, incluyendo el Seguro Social de Salud – ESSALUD y la Empresa de Petróleos del Perú S.A. PETROPERU, quedan prohibidos el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, el monto total de incentivos y beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo y fuente de financiamiento. Asimismo queda prohibida la aprobación de nuevas bonificaciones, asignaciones, retribuciones y beneficios de toda indole., señalando ademas en su artículo 3º que: “Las disposiciones contenidas en el presente capítulo son de obligatorio cumplimiento por las entidades entre ellas las Municipalidades”.

Ahora, la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto Público, que es una norma General, sobre la que se rigen las Leyes del Presupuesto Público para cada año fiscal. De otro lado, la Ley del Presupuesto para el año Fiscal 2006, no ha derogado o dejado en suspenso o emitido cualquier disposición que haga inaplicable la Cuarta Disposición Transitoria De La Ley 28411, Ley General Del Sistema Del Presupuesto, por lo que éste extremo que faculta a las Municipalidades a un reajuste de remuneraciones pueda ser afectado, por el principio de interpretación favorable al trabajador, siempre claro esta que el presupuesto este garantizado para cubrir el rubro de OBLIGACIONES SOCIALES.

1. PROCEDIBILIDAD DEL INCREMENTO DE REMUNERACIONES..

Estando a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nro. 28411, es posible jurídicamente la aprobación deL incremento de remuneraciones, atendiendo previamente a determinados requisitos las mismas que son:
· Garantizar el correspondiente Financiamiento debidamente previsto bajo sanción de nulidad de pleno derecho de los actos administrativos que los formalicen
· Garantizar el correspondiente Financiamiento disponible bajo sanción de nulidad de pleno derecho de los actos administrativos que los formalicen.
· Se atienden con cargo a los ingresos corrientes de cada Municipalidad.
· Su fijación se efectúa de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N°070-85-PCM.


A. LA PREVISIÓN FINANCIERA

Dicha prevision, debe ser considerada anteladamente, para un determinado ejercicio fiscal, sin embargo si la misma no fue prevista, hay que considerar la existencia de saldos en las partidas respectivas de una Municipalidad, las mismas son pasibles de disponibilidad, no es necesaria la previsión contemplada en le Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, debiendo convalidarse los respectivos saldos existentes con la previsión referida; téngase presente que este requisito es indispensable, siendo su falta una causal de nulidad de derecho de los actos que lo formalicen.

B. LA DISPONIBILIDAD FINANCIERA

Se hace referencia la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, debe ser la considerada con el informe de la Oficina o gerencia de Planeamiento o planificación de cada Municipalidad, el mismo que refiere que existe disponibilidad Presupuestaria para otorgar la bonificación; el presenta también es requisito indispensable que su acarrea la nulidad de pleno derecho de los actos que lo formalizan.

C. RESPECTO A LA ATENCIÓN CON CARGO A LOS INGRESOS CORRIENTES

La misma debe constar en el Informe de la Gerencia De planeamiento de cada Municipalidad, dicha disponibilidad presupuestaria se encuentra en la Ejecución Presupuestal de la partida 5.1 Personal y Obligaciones Sociales.

D. NEGOCIACIÓN BILATERAL

Cuando la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nro 28411 refiere que su fijación se efectúa de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 070-85-PCM, siendo ésta norma el establecimiento para Gobiernos Locales el procedimiento de la negociación bilateral para la determinación de las remuneraciones por costo de vida y pos condiciones de trabajo de sus funcionarios y servidore.

La negociación bilateral tiene la naturaleza Jurídica de ser un procedimiento de entendimiento entre dos partes para la determinación y solución de conflictos licitados entre dos tesis que para el presente caso vendría a ser la fijación de los montos jurídicamente viables de ser aprobados, conforme lo referido párrafos arriba.

A Criterio personal, estando a la Naturaleza Jurídica de la Negociación Bilateral, cabe lógicamente la innecesidad del referido procedimiento en caso no exista conflicto respecto a la determinación de la fijación de montos, si esta es unánimemente aceptada tanto por el Sindicato de Trabajadores y la Patronal Municipal.

CONCLUSIONES

1. Los preceptos constitucionales, regulan la Autonomía Municipal, señalando además el derecho del trabajador a percibir una remuneración equitativa y suficiente para él y su familia, el bienestar material y espiritual, siendo esta el de satisfacerlas.
2. Las prohibiciones contenidas en los preceptos de austeridad deben interpretarse sin limitar los derechos en cuanto a remuneraciones contemplados por la Carta Magna, mas deberán ser interpretadas en beneficio del trabajador y su calidad de vida.
3. El costo de vida es influyente en un aumento de remuneraciones, acreditando la necesidad de poder adquisitivo, conforme al marco constitucional.
4. Conforme a los Informes que deben remitir las oficinas de Planificación y Asesoria Juridca, se acredita la factibilidad presupuestaria para el Incremento de las remuneraciones de los Trabajadores de la Municipalidad.

INSTRUMENTOS DE GESTION MUNICIPAL

| lunes, 3 de marzo de 2008
INSTRUMENTOS DE GESTION MUNICIPAL.

Neil Suller Equenda.
Asesoria Juridica.

DEFINICION

La Gestión Municipal, implica el desarrollo un conjunto de actividades, estrategias y técnicas idóneas que permitan desarrollarse internamente y proyectarse a la comunidad la imagen de un gobierno edil serio, responsable, moderno, eficaz y eficiente a tono con las expectativas de la población, es así que los Instrumentos de Gestión, vienen a ser aquellos documentos en los que se plasman todas las actividades de fortalecimiento y desarrollo Institucional, transparencia en la gestión, desarrollo económico local, servicios municipales, democratización de la gestión, desarrollo humano y promoción social entre otras.


Los Principales Instrumentos de Gestión utilizados por una Municipalidad son:

· Reglamento Interno del Consejo Municipal.
· El Organigrama
· Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
· El Manual de Organización y Funciones (MOF)
· El Cuadro de Asignación de Personal (CAP)
· El Presupuesto Analítico de Personal (PAP)
· El Presupuesto Nominativo de Personal (PNP)
· El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
· El Plan Operativo Institucional (POI)
· El Plan Estratégico Institucional (PEI)
· EL Reglamento Interno de Control y Permanencia de Personal.

EL ORGANIGRAMA.-

Definición.- Se trata de un instrumento técnico de la organización municipal que representa en forma grafica y esquematizada la estructura de la Municipalidad.

Puede ser considerado como una fotografía de cuerpo entero de la Municipalidad, y por tanto sujeto a la dinámica de su evolución.

Se considera en el organigrama los Órganos de Gobierno y Alta Dirección como aquellas que ejercen la acción de gobierno de la Municipalidad y en consecuencia fijan y disponen la ejecución de políticas y objetivos de desarrollo local que deben ejecutar en cumplimiento de sus atribuciones, entre ellos tenemos el Consejo Municipal, LA Alcaldía y la Gerencia Municipal. (Ver dibujo abajo)

Son Órganos Normativos y de fiscalización, las comisiones de regidores (permanentes y especiales) que se conforman periódicamente en la Municipalidad. (Ver dibujo abajo)

Es el órgano de control, aquel que efectúa la verificación los resultados de la gestión en los aspectos administrativos, financieros y cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, tal como el Órgano de Control Institucional OCI. (Ver dibujo)

Existe un Órgano de Defensa Judicial del Estado el mismo que se encarga de defender judicialmente todos los intereses de la Municipalidad como Institución, este es la Procuraduría Publica Municipal.

Existen Órganos consultivos y de Coordinación como son: El Consejo de Coordinación Local Provincial, La Junta de Delegados vecinales Comunales, El Comité Provincial de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil y El Comité Multisectorial de Desarrollo. (Ver dibujo).

Son Órganos de Asesoramiento los que se encargan de presentar sugerencias, formular propuestas y orientar a la Alta Dirección en la Toma de desiciones. Por lo general estos órganos satisfacen la necesidad del consejo, ayuda especializada e información tecnica a la Alta Dirección y de los Órganos de Línea, entre ellas tenemos a la Oficina de Asesoria Jurídica y la Oficina de Planificación, con sus respectivas dependencias: Unidad de Planes, Inversión Publica y Cooperación Internacional.

Los Órganos de Apoyo son los que prestan servicios de carácter auxiliar o complementario a todos los órganos de línea y de asesoramiento de la Municipalidad, la que viene a ser la Oficina de Administración con sus dependencias la Unidad de Recursos Humanos, Unidad de Abastecimiento, Unidad de Contabilidad, Unidad de Tesorería y la Unidad de Logística y Patrimonio; además de ello están la Oficina de Secretaria General que es la encargada de llevar el archivo de la Municipalidad, la proyección de documentos normativos y todo lo que vea con el pronunciamiento de la Alta Dirección y Gobierno.

Los Órganos de línea, son propiamente los que ejecutan los servicios locales y los proyectos de inversión teniendo como marco general las competencia señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades, y están directamente relacionadas con la comunidad y son la parte dinámica de la municipalidad, y entre estas tenemos la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural con sus dependencias: Unidad de Estudios, Proyectos de Inversión y Supervisión, Unidad de Obras Publicas, Liquidación y Equipo Mecánico y la Unidad de catastro y Habilitaciones Urbano Rural y también la Gerencia de Desarrollo Social Rural Urbano, con sus respectivas dependencias: Unidad de Desarrollo Económico y Participación Ciudadana, Unidad de Diversidad Cultura, Deporte y Turismo, La Unidad de Seguridad Ciudadana, Transporte y Circulación Vial y la Unidad de protección Ambiental y Regulación del comercio.

Además se tiene los Órganos desconcentrados, a fin de desconcentra los servicios de la Municipalidad en bien de la comunidad, llamados programas, las cuales son: Programa Instituto Vial Provincial, Programas Asistencia Social y Seguridad, Programa DEMUNA y Asistencia a Discapacitados, programa Terminales Terrestres de pasajeros, Programa camal Municipal, Programa de centro de Producción y Desarrollo y programa de Administración Tributaria y rentas.

Por ultimo se tiene las empresas Municipales que brindan servicios de manera empresarial, conforma a normatividad especifica, entre ellas la Servicentro Municipal S.A.C. y la Empresa EMUSEM S.A.C.

Importancia del organigrama:

Indica la división del trabajo.
Señala los niveles jerárquicos.
Establece las líneas de autoridad y responsabilidad.
Indica los canales formales de comunicación.
Precisa la naturaleza lineal o Staff de los órganos.
Señala los jefes de cada órgano.
Da Una idea general sobre la organización actual y propuesta de una municipalidad.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF).-

Definición.- Se trata de un instrumento normativo de Gestión que determina la naturaleza, finalidad, competencias, estructura orgánica de la Municipalidad; las funciones las competencias, la composición de sus órganos de que la conforman.

La Municipalidad aprueba este documento de gestión a partir de la facultad que le confiere la Ley. Nro. 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, el decreto Supremo Nro. 043-2006-PCM que aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del ROF por parte de las entidades de la Administración Publica, previo diagnostico de la organización actual de la Municipalidad e informe de cada uno de los jefes de órganos indicando estructura vigente, problemas que afronta, posibles soluciones y estructura propuesta

El Reglamento de Organización y Funciones es elaborado por la OficinaPlanificación de la Municipalidad, bajo el siguiente procedimiento:

Primero: Se diseña en forma coordinada la nueva estructura Orgánica de la Municipalidad, así como la jerarquía de los cargos tomando como base el diagnóstico organizacional o las informaciones disponibles..

Segundo: La Fundamentación es por escrito, la estructura propuesta ysustentada en reuniones con el Alcalde o Regidores. Es necesario recordar que el ROF comprende a Unidades Orgánicas preferentemente hasta, el tercer nivel Organizacional. Si hubiera necesidad de incluir aspectos de detalle, estos se incluirán en los correspondientes Manuales.

Tercero: La discusión y definición del contenido o Esquema del reglamento.

Cuarto: Se realiza la redacción del Reglamento, tomando como referencia la documentación fuente y los Reglamentos de Municipalidades similares que se pudieran reunir. Es necesario resaltar la capacidad de redacción que deben tener los encargados de formular el Reglamento. Cuando se cuenta con personas que saben redactar se logra un documento más entendible y en plazos más cortos.

En la secuencia anterior, no se ha incluido la etapa referida a ladeterminación de los objetivos y funciones municipales, porque en este caso, ya los determina por un lado la Ley de Municipalidades y por otro los planes de desarrollo local.

La buena Aplicación del ROF depende de los siguientes aspectos:

a) El ROF por sí solo no es la solución para el mejor funcionamiento de una Municipalidad, depende mucho de la capacidad del nivel directivo.

b) Dicho Reglamento debe ir acompañado de una adecuada selección de personal, especialmente para los niveles Directivos y/o Jefaturales. Este personal debe ser gente calificada, honesta, disciplinada, trabajadora y con capacidad de mando y dispuesta a trabajar en equipo.

c) El Gobierno de la Municipalidad tiene que basarse en un Plan de Acción previamente aprobado y que recoja las necesidades de desarrollo de la localidad. Aquí cabe recordar una célebre cita del Libertador Simón Bolívar que motiva una reflexión: "El modo de gobernar bien es el emplear hombres honrados, aunque sean enemigos",

d) El ROF tiene que enlazarse con el proceso de racionalización deprocedimientos y con la formulación de los correspondientes Manuales.
Ambos son complementarios, mientras que el ROF indica cuáles son las funciones que corresponde a cada ÓRGANO de la Municipalidad, el Manual de procedimientos señala cómo y en qué forma se debe ejecutar dichas funciones.

e) La Alta Dirección verá facilitada su labor, si pone en práctica la delegación de funciones,

Importancia del reglamento de organización y funciones (rof).

· Establece claramente las funciones y las responsabilidades que corresponde a los diferentes órganos de la Municipalidad.
· Clasifica y ordena las funciones de acuerdo a los tipos de órganos de Alta Dirección, Coordinación y de Participación; Normativos y de Fiscalización Asesoramiento Apoyo Control de Línea Desconcentrados y Descentralizados.
· Tipifica la jerarquía de los cargos jefaturales.
· Facilita la formulación del Cuadro para Asignación del Personal (CAP) de la Municipalidad y de los Manuales de Organización y Funciones (MOF), de cada uno de sus órganos.
· Constituye un documento base para efectuar los procesos dereestructuración que estime conveniente la Alta Dirección de la Municipalidad.

EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF).-

Definición y Contenido

Es un instrumento normativo de gestión municipal que detalla y especifica las funciones que corresponde desarrollara una determinada Oficina; los órganos que comprende y sus funciones; los cargos que conforman cada órgano, sus funciones, sus líneas de autoridad y responsabilidad y sus requisitos mínimos.

Es decir, para el caso de las Municipalidades grandes y medianas cadaOficina, Dirección o Departamento de la Municipalidad deberá contarobligatoriamente con su respectivo MOF.

En la elaboración del MOF, Preferentemente cuando la Municipalidad es grande o mediana porque en esta caso el volumen de funciones y de personal es mayor y se hace necesario desagregar con más detalle las funciones y la composición orgánica interna de cada Oficina, Dirección o Unidad.

En las Municipalidades Pequeñas no es necesario elaborar el MOF. Essuficiente contar solo con el ROF pero con la particularidad de incluir endicho documento, la descripción de todos los cargos de la Municipalidad. Esto es posible porque las funciones que desarrollan las Municipalidades Pequeñas que son de escaso volumen y el número de su personal es reducido.

Los documentos tomados en cuenta parea la elaboración del MOF es el Reglamento de Organización y Funciones porque es en dicho documento donde se establece previamente las funciones básicas de cada una de las Oficinas de la Municipalidad, así como la naturaleza y denominación estructural.

Las semejanzas y las diferencias entre el ROF y el MOF son:

a) Semejanzas

Ambos constituyen una respuesta a la pregunta ¿Qué se va hacer?
Ambos documentos recogen para su aplicación, los principios de organización.

b) Diferencias

El ROF es a nivel de toda la Municipalidad y describe las funciones generales de cada uno de sus órganos.
El MOF, en cambio comprende específicamente a un órgano determinado, llámese Oficina, Dirección, Departamento, etc. y describe las funciones al detalle de cada uno de sus cargos.

Importancia Del Manual De Organización Y Funciones (Mof)

· Señala las funciones que corresponde desempeñar al personal, el jefe a quien deben reportar y los subordinados a quienes se debe mandar.
· Sirve como elemento de referencia para realizar concursos de personalpara efectos de ascensos o promociones,
· Facilita a cada dependencia de la Municipalidad poner en práctica la organización interna que más se adecúa a sus necesidades a fin de cumplir mejor las funciones que le compete.

EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP)

Definición

Si se tratara de ponerle un nombre más adecuado, este sería "Cuadro deNecesidades de Cargos". El CAP es un documento de gestión municipalque prevé los cargos que una Municipalidad requiere para su normalfuncionamiento en un período determinado en que rija la organizaciónvigente. El CAP, es pues, una planificación de los cargos que necesitauna Municipalidad, sea grande, mediana o pequeña.

La base Legal para su elaboración obligatoria, según lo dispone elnumeral 1,7 del Cap. VI de la Directiva No 004-82-INAP-DNR 'Normaspara la Formulación, Aprobación, Revisión y Modificación del Cuadro para la Asignación de Personal (CAP)", aprobado por Decreto Supremo No 002- 83-PCM;y asimismo, D.S. No 043-2004-PCM.

Se tiene en cuenta para su elaboración los siguientes documentos:

a) El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado

b) La Directiva No 004-82-INAP/DNR, aprobada por Decreto Supremo No002-83-PCM del 31-01-83.

c) El Manual Normativo de Clasificación de Cargos, que podría utilizarse como elemento exclusivamente referencial para la nomenclatura de los cargos.

d) El Decreto Supremo No 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP.

La dependencia encargada de elaborar el CAP, son las mismas personas que se encargan de formular el Reglamento de Organización y funciones, es decir por la Oficina de Racionalización de la Municipalidad o la que haga sus veces, o por una Comisiónpresidida por el Gerente Municipal e integrada por los jefes de Planificación y Racionalización, Jefe de Administración y el Jefe de Recursos Humanos.

EL Procedimiento para la elaboración del CAP es el siguiente:

Primero: Tener a la mano el Reglamento de Organización y Funcionesde la Municipalidad o por lo menos el Organigrama estructural y las funciones de los órganos que comprende. El CAP se formula a partir de una estructura orgánica de la Municipalidad aprobada o aceptada.

Segundo: Si se decidiera establecer cargos directivos, asesores yespecializados, será necesario consultar con los encargados del Presupuesto, la disponibilidad económica existente para pagar las remuneraciones respectivas dentro de los límites establecidos por las disposiciones legales vigentes.

Tercero: Determinar la necesidad que tienen de contar con cargosprofesionales, técnicos o auxiliares y luego de analizar si tienen relación con las funciones asignadas, registrarlos en el formato del CAP con la denominación más adecuada de cargo clasificado o estructural.

Cuarto: El CAP se elabora en forma ordenada procurando que cada hoja o conjunto de hojas corresponde a cada un solo órgano.
Quinto; Al final el número de cargos consignados en el CAP no debeser menor que el del Presupuesto Analítico de Personal (PAP), y en ambos documentos la denominación de los cargos debe ser la misma.

Es necesario tener presente que las plazas del PAP, es decir, los cargoscon sus remuneraciones básicas, no pueden ser modificadas ni recategorizadas salvo que exista una autorización legal para ello,

Importancia Del Cuadro De Asignación De Personal (Cap)

Determina los cargos, a través de los cuales será posible cumplir lasfunciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones y las metas indicadas en los planes de trabajo.
Es el punto de partida para elaborar el Presupuesto de Personal. La elaboración del CAP debe obedecer a las necesidades reales de los cargos que tiene una Municipalidad de acuerdo con sus objetivos, funciones, estructura orgánica y relaciones.
Señala las Remuneraciones que se debe otorgar al Personal, tomando como base la normatividad vigente y la disponibilidad presupuestal con que cuenta la Municipalidad.
Siendo el CAP un documento que contiene el listado de cargos necesarios en la Municipalidad, permite efectuar la descripción de los cargos para efectos de clasificarlos y de elaborar el Manual de Organización y Funciones.

EL PRESUPUESTO ANALITICO DE PERSONAL (PAP).-

Definición.- Constituye el detalle de la disponibilidad presupuestal para el pago de haberes del personal, y el monto, techos salariales y demás ligadas a pagos de obligaciones de personal.

El Presupuesto Analítico de Personal (PAP), es un documento de Gestión Institucional, que considera el presupuesto del personal nombrado y contratado, en función de la disponibilidad presupuestal, conforme a la Ley.

EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Definición.- Es el documento unificado de cada entidad de la Administración Pública que contiene toda la información relativa a la tramitación de los procedimientos administrativos que se realicen ante las distintas dependencias.

Importancia del TUPA.
· Permite identificar los procedimientos ante la Municipalidad.
· Permite identificar los costos de los procedimientos.
· Permite identificar los plazos de los procedimientos.
· Permite simplificar los procedimientos.
· Permite identificar los requisitos de los procedimientos.

EL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI)

La Planificación Operativa es la actividad que tiene por finalidad establecer las características operacionales de ejecución de los Proyectos de Desarrollo.
Sirve para planificar al detalle la ejecución de los proyectos y actividadesprevistos en los planes.
Es un instrumento indispensable de organización, en el cual se debencontemplar todos los detalles para la realización de las actividades contenidas en todo Proyecto: La formulación precisa de tareas, las unidades de medida, el cronograma, el responsable, los requerimientos y el costo total de su ejecución.

La formulación precisa de las tareas que contienen las actividadesconsideradas en el Proyecto, facilita su cumplimiento en los términos deseados.
Una cosa es programar: «construcción de local» y otra formularlo como construir local para el Programa Vaso de Leche». La segunda formulación genera la imagen que se utilizará para contrastar con el resultado al concluir la actividad y además es el marco cualitativo para la precisión de la meta y su evaluación correspondiente.

La unidad de medida identifica las metas físicas de los productos oservicios que se van a elaborar o generar, con precisión de cantidad, calidad y tiempo. En el ejemplo utilizado se podrá establecer la meta como: «Tres ambientes en funcionamiento en seis meses».

El cronograma ayuda a ubicar las principales tareas de la actividad a lolargo del tiempo definido en la meta; en caso que venimos utilizando como ejemplo, será la ubicación de las tareas a desarrollarse durante los seis meses previstos para su cumplimiento. Precisando las tareas en forma secuencial así como indicando si hay actividades precedentes.

El responsable es la persona individualizada para asegurare! Cumplimiento de las diferentes tareas que contienen las actividades; esta definición ayuda a precisar el conjunto de tareas y actividades encargadas a cada una de las personas involucradas en el cumplimiento del Plan Operativo, más allá de dejar la responsabilidad a una sección o departamento.

Los requerimientos son todos los insumos y condiciones necesarios parael cumplimiento de una tarea o actividad y su identificación cuidadosa es un requisito indispensable para el costeo integral de las mismas.

Finalmente, se debe precisar el costo de las tareas para obtener elcosto de la actividad, con la indicación del momento oportuno del gastocalendario valorizado para las previsiones técnico administrativascorrespondientes.

El Plan Operativo es un proceso que se desarrolla inmediatamente después de aprobada la ejecución de un determinado proyecto. Debe ser anual, porque ayuda a considerar las actividades desagregadas en tareas para un año de ejercicio.

Importancia del plan operativo:

· Garantiza la unidad de criterios y contenidos definidos en la Planificación Estratégica y el Diseño de Proyectos.
· Permite organizar en secuencia lógica las actividades previstas para la obtención de los resultados definidos en los proyectos.

EL REGLAMENTO INTERNO DE CONTROL Y PERMANENCIA DE PERSONAL.

Está constituido por un conjunto de normas sustantivas y de procedimientos debidamente estructurados de conformidad a las disposiciones legales vigentes y los lineamientos de política del Concejo Municipal.

Determina los derechos y obligaciones de los servidores de la Municipalidad con respecto a las labores que desempeñan; su conocimiento, permitirá cumplir las funciones dentro de un ambiente laboral de comprensión y procedimientos orgánicos debidamente ordenados y regulados. constituye un instrumento normativo que regula las relaciones jurídico-laborales entre la Municipalidad y sus trabajadores, siendo su observancia de cumplimiento obligatorio.

Importancia reglamento interno de control y permanencia.

Orientar las acciones de la administración municipal
Determina los derechos y obligaciones de los servidores de la Municipalidad
Delimita respecto a las labores que desempeñan
permitirá cumplir las funciones dentro de un ambiente laboral de comprensión y procedimientos orgánicos debidamente ordenados y regulados.
constituye un instrumento normativo que regula las relaciones jurídico-laborales
Encarga velar por el estricto cumplimiento de las normas
Atiende con sujeción a las normas legales vigentes, los asuntos que se deriven de las relaciones de trabajo.


EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL (RIC)

Es un documento interno de vital importancia para el Concejo Municipal,el cual precisa las competencias que la Ley establece, el ámbito de lasatribuciones de sus miembros, el desarrollo de las sesiones, y el funcionamientode las Comisiones de Trabajo.

Importancia Reglamento Del Consejo Municipal

Regula la organización y funcionamiento del Concejo Municipal
precisa las atribuciones y funciones que la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece para sus miembros.
Establece la correspondencia del ejercicio de las competencias, atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas legales que así lo expresen.
Ordena el desarrollo de las sesiones de Concejo Municipal.
Determina la legitimidad de presidir la sesión.
Delimita acciones que afecten derechos fundamentales al honor, la intimidad personal o familiar y la propia imagen de la Municipalidad.








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Pandilla Puneña - Puno Mío

TESIS: "VIOLACION DE DERECHOS HUMANOS A CAUSA DE DAÑOS AMBIENTALES EN LA CUENCA DEL RIO RAMIS, PERIODO 2006-2008